1. Medio de Pago PayU:

PayU Te Fía 1.1. Como pagador habitual puedes ser, en determinada(s) compra(s) y por decisión exclusiva de PayU, beneficiario del medio de pago PayU:

PayU Te Fía. 1.2. PayU Te Fía es un beneficio eventual o frecuente, según considere PayU, que consiste en que se te otorgue como pagador habitual y en tu beneficio, la posibilidad de pagar tu compra hasta en 14 días calendario sin cobro de intereses remuneratorios. Sólo en el caso que se encuentre vencido el plazo de 14 días sin que haya tenido lugar el pago por parte del pagador, esto es, a partir del día 15, se generará cobro de intereses moratorios a la tasa máxima permitida por la ley. El valor a pagar, en caso de generarse intereses por mora se actualizará según corresponda y acorde con los parámetros previstos por la legislación Colombiana. El plazo se computa desde el día en que se realiza la confirmación de la compra(s) usando el beneficio mediante el correo electrónico confirmatorio de la transacción enviado por PayU al Pagador, una vez culminado el proceso de la transacción de manera efectiva; y finalizará a las 11:59:59 p.m. - hora Colombia - del día 14 calendario siguiente. A partir de la fecha, debes tener en cuenta que si decides aceptar el beneficio de PayU Te Fía, PayU te cobrará una comisión por procesamiento del medio de pago PayU Te Fía que será proporcional al monto aprobado. Esta comisión tiene como fin exclusivo, remunerar a PayU el uso que haces de su plataforma para pagar un bien y/o servicio de un comercio cliente de PayU; en consecuencia, esta comisión no remunera el uso del beneficio como tal.

1.3. La decisión de concesión del beneficio por parte de PayU será informada al momento de seleccionar el medio de pago y, si lo decides así, podrás utilizar PayU Te Fía entre los medios de pago de tu compra.

1.4. PayU Te Fía es un beneficio potestativo en su concesión por parte de PayU a los pagadores y optativo en su uso en el caso de los pagadores. En consecuencia, si en algún momento PayU decide otorgarte la posibilidad de usar el beneficio para determinada compra, el mismo no será obligatorio ni se entenderá extendido a otras compras o servicios. En ningún caso el beneficio se entenderá otorgado de manera automática, permanente u obligatoria al pagador habitual.

1.5. PayU Te Fía, no modifica los términos y condiciones generales del servicio y, por ende, si utilizas el beneficio el mismo se rige por las condiciones generales de uso de pagadores, incluidas las DECLARACIONES DEL PAGADOR.

1.6. PayU Te Fía no altera el hecho que, como lo declaras en los TCG’s, PayU no tiene responsabilidad alguna en lo que concierne a la calidad, seguridad, idoneidad y tiempo de entrega de los bienes o servicios vendidos por los Comercios PayU.

1.7. PayU Te Fía es un beneficio que se otorga, en el marco exclusivo de los servicios PayU, pero sin perjuicio alguno del ejercicio de los derechos de los consumidores frente a los comercios en los eventos que se configure relación de consumo con estos. En consecuencia, el uso del beneficio PayU Te Fía, en ningún momento afecta el ejercicio de los derechos de los consumidores ante los comercios (como únicos responsables) tales como el ejercicio del derecho de retracto o la reversión del pago, entre otros, cuando a ello hubiere lugar, de conformidad con los parámetros y requisitos establecidos en la legislación Colombiana.

1.8. La concesión del beneficio se supedita a tu consentimiento y autorización para el tratamiento y uso de tu información personal de acuerdo con lo establecido en la Política de Privacidad de PayU y en el texto de autorización especial de consulta y reporte de información crediticia ante operadores de bases de datos financieras y comerciales o centrales de riesgo de crédito, puestos a tu disposición al momento de hacer uso del medio de pago o beneficio PayU Te Fía. En particular la viabilidad del beneficio está sujeto al análisis de tu comportamiento frente a pagos e información de acuerdo con tu autorización para el uso de información relacionada con tus hábitos de pago, movimientos y transacciones a través de PayU, así como de comercios frente a los cuales hayas realizado pagos con PayU, o cualquier otra información relacionada y generada por tu interacción con la plataforma de pago y transacciones derivadas. Lo anterior teniendo en cuenta que para determinar el beneficio del PayU Te Fía a tu favor la anterior información será usada para el análisis y estudio de participación, ofrecimiento por parte de PayU del mismo.

1.9. Una vez se te informe la concesión del beneficio PayU Te Fía y en caso que aceptes este medio de pago para la respectiva compra se procederá en los siguientes términos:

1.9.1. La transacción quedará aprobada y tu recibirás un correo electrónico con las instrucciones de pago y el link para realizar el mismo.

1.9.2. Tu realizas al pago del valor de la compra pagada a través del beneficio de PayU Te Fía y de la comisión por el procesamiento del medio de pago, haciendo uso de los demás medios de pago previstos y habilitados por PayU, siguiendo el link provisto en el correo electrónico de confirmación. Allí se te informará el valor de la comisión por hacer uso del medio de pago de PayU Te Fía. El valor de la comisión variará dependiendo del monto aprobado.

1.9.3. Si no pagas dentro de los 14 días calendario, recibirás un correo electrónico con el nuevo valor adeudado, el cual refleja, el valor de la compra pagada a través de PayU te fía, los intereses moratorios causados a la fecha sobre ese valor, y el valor de la comisión por el procesamiento del medio de pago. El valor se actualizará de manera diaria en relació con los intereses moratorios debidos sobre el valor de la compra hasta que realices el pago.

1.10. Sin perjuicio al carácter potestativo y demás requisitos establecidos para la concesión del beneficio PayU Te Fía, este aplicará - a menos que PayU modifique las restricciones – en observancia de los siguientes criterios generales:

1.10.1. PayU Te Fía no aplicará a pagadores que no hayan tenido un buen comportamiento de pago en transacciones con este medio de pago en transacciones anteriores.

1.10.2. PayU Te Fía no aplicará a pagadores de quien no se tenga información suficiente para prestar el servicio.

1.10.3. PayU Te Fía aplicará sólo si el pagador ha realizado al menos una compra a través de un comercio conectado con PayU a través de Web Checkout. Esto significa que cuando estás en la página web de un comercio cliente de PayU del cual estás adquiriendo un determinado bien y/o servicio, eres direccionado a la página web de PayU para el procesamiento del pago.

1.10.4. PayU Te Fía aplicará sólo si el pagador accede al Web Checkout de PayU a través de un comercio cliente de PayU que tenga habilitado el medio de pago PayU Postpago.

1.10.5. PayU Te Fía aplicará sólo si el pagador ha sido considerado como elegible previamente por PayU para obtener el beneficio, acorde con los criterios aplicables.

1.10.6. PayU Te Fía no aplicará en transacciones que excedan el límite por transacción previsto por PayU., el cual podrá oscilar entre qunientos mil pesos (COP$500,000) y un millón de pesos (COP$1,000,000). En caso que no se suministre la opción de PayU Te Fía, entiendes como pagador que no cumples con los requisitos para acceder al beneficio.

1.11. Si aceptas el beneficio PayU Te Fía, aceptas la remisión de información vía correo electrónico que corresponda a, entre otros, recordatorios de fecha de pago, recordatorios de valor de pago incluido el valor actualizado en caso de mora, entre otra información que resulte pertinente y relacionada con los servicios PayU y el beneficio PayU Te Fía, notificación de reporte de información crediticia ante operadores de bases de datos financieras y comerciales o centrales de riesgo de crédito. De igual manera, asumes la responsabilidad frente a las gestiones de revisión de la información que remita PayU, en virtud del uso del beneficio PayU Te Fía, tal como lo es el cuidado de no clasificación de los mensajes como spam o correo no deseado, entre otros.

1.12. Concedido el beneficio y, en caso de mora, se te enviará información en los siguientes términos:

1.12.1. Al momento del pago recibirás un correo electrónico confirmando la transacción con el medio de pago PayU Te Fía.

1.12.2. Dentro del plazo de pago de los 14 días siguientes a tu compra, podrás recibir uno o más correos electrónicos recordatorios del pago del valor total que adeudas a PayU,(lo cual incluye el valor de la compra pagada con el beneficio de PayU Te Fía, más el valor de la comisión por procesamiento del medio de pago) hasta que realices el pago de dicho valor.

1.12.3. Si no realizas el pago del valor total adeudado dentro de los 14 días de plazo, recibirás uno o más correos electrónicos semanales recordatorios del pago. Estos correos incluirán el valor de la compra que hiciste usando el beneficio de PayU te fía, el valor de los intereses moratorios incurridos hasta la fecha en la que se envía esa comunicación y el valor de la comisión por porcesamiento del medio de pago. PayU podrá contactarte por teléfono o por escrito, de manera adicional a los correos mencionados, para efectos de recordarte el pago, en caso de que éste se encuentre vencido.

1.12.4. Si a los 30 días no has realizado el pago del valor total adeudado a PayU, enviaremos una notificación a tu correo electrónico, que podrá comportar notificaciones complementarias por mensaje de texto, y en caso que PayU lo estime pertinente a fin de garantizar tus derechos por escrito a la dirección de correspondencia prevista en la transacción, en donde se especificarán los pasos a seguir en caso de no recibir el pago. Estos pasos podrán inlcuir la notificación a centrales de riesgo en los términos estblecidos en la Ley 1266 de 2008 y sus decretos y normas reglamentarias.

1.13. Para efectos de realizar el pago del valor total adeudado a PayU dentro del plazo de 14 días que te otorga el beneficio, simplemente debes seguir las instrucciones previstas en el correo electrónico de confirmación. Como pagador comprendes que el pago, una vez efectivo el beneficio PayU Te Fía, se somete a los parámetros expuestos previamente, sin perjuicio de las demás formas que acorde a la ley colombiana se prevean para tal efecto.

1.14. Para efectos de realizar el pago del valor total adeudado a PayU una vez finalizado el plazo de 14 días, deberás tener en cuenta el valor actualizado a la fecha de pago respectiva, según los intereses moratorios causados sobre el valor de la compra realizada usando el beneficio de PayU Te Fí hasta ese momento.

1.15. Para pago posterior al término concedido por el beneficio PayU Te Fía simplemente debes seguir el link de pago provisto en cualquiera de los correos electrónicos recibidos en referencia a esta transacción. Este link te llevará a nuestro checkout y reflejará el valor a pagar a la fecha, lo cual incluye el valor de la compra, los intereses moratorios causados sobre el valor de la compra hasta la fecha, más el valor de la comisión por procesamiento del medio de pago. Como pagador comprendes que el pago, una vez efectivo el beneficio PayU Te Fía y en caso de mora, se somete a los parámetros expuestos previamente, sin perjuicio de las demás formas que acorde a la ley colombiana se prevean para tal efecto.

1.16 Sin perjuicio de las acciones judiciales o prejudiciales que correspondan, en caso de incumplimiento en el pago dentro del plazo de 14 días, además de los efectos relacionados al cobro de intereses moratorios sobre el valor de la compra y remisión de información, aceptas que PayU, proceda a reportarte en las centrales de riesgo. Para tal fin PayU, junto con la aceptación de los presentes Términos y Condiciones, y al momento de obtener autorización para el uso de tu información como pagador, ha obtenido tu consentimiento previo, expreso e informado para acceder, consultar, comparar y evaluar información sobre ti que se encuentre almacenada en las bases de datos de cualquier central de riesgo crediticio, financiero, o cualquier base de datos comercial o de servicios que permita establecer tu comportamiento como deudor, usuario, cliente, titular de servicios financieros, comerciales o de cualquier otra índole. Así mismo, has autorizado a PayU a reportar tu información y comportamiento sobre obligaciones dinerarias a centrales de riesgo crediticio, financiero, comercial o de servicios legítimamente constituidas, o a otras entidades financieras, de acuerdo con la ley 1266 de 2008 y demás normas aplicables. Para efectos del reporte ante las centrales de riesgo y atendiendo lo establecido en el artículo 12 de la Ley 1266 de 2008 y de la Resolución 76434 de 2012 de la Superintendencia de Industria y Comercio, entiendes que PayU te notificará previo a reportar tu comportamiento crediticio ante las centrales de riesgo, derivado del uso que hagas del medio de pago PayU Te Fía, a través de correos electrónicos y, de manera complementaria, podrá enviarte recordatorios de dicha notificación por mensaje de texto. No obstante lo anterior, PayU se reserva el derecho a notificarte en carta física, en caso que considere que esto sea necesario para salvaguardar tus derechos como titular de datos personales. Atendiendo lo anterior, autorizas y aceptas a que PayU te notifique los reportes que realizará de tus comportamientos crediticios y de pago en relación con el medio de pago PayU Te Fía ante las centrales de riesgo, a través del correo electrónico que se encuentra registrado o has registrado al momento que aceptaste usar el mencionado medio de pago.

1.17. Ocasionalmente, PayU podrá modificar las disposiciones especiales para PayU Te Fía cuando lo considere necesario. Si no estás de acuerdo con las modificaciones hechas por PayU a éstos, deberás abstenerte de utilizar los Servicios PayU y aceptar o usar el beneficio PayU Te Fía en lo sucesivo. Los beneficios concedidos y vigentes, previo al pago respectivo, se someten a los términos y condiciones vigentes al momento de concederse y hacerse efectivo el beneficio en la compra respectiva.

 

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